El ius variandi es un derecho propio del empleador, que lo faculta para realizar modificaciones de manera unilateral a algunas de las condiciones establecidas en el contrato individual de trabajo.
El ius variandi tiene como fundamento el poder de dirección del empleador, que le permite organizar y administrar su empresa en pro de su funcionamiento y desarrollo. Sin embargo, este derecho no es absoluto y está sujeto a ciertos límites, como los establecidos en la ley y en el contrato de trabajo.
Existan motivos objetivos derivados de la propia marcha de la empresa; La modificación no afecte derechos fundamentales del trabajador.
En cuanto a los límites contractuales, el contrato de trabajo puede establecer limitaciones al ius variandi. Por ejemplo, el contrato puede establecer que el empleador no puede modificar la remuneración del trabajador o que no puede modificar el lugar de trabajo.
Si el empleador modifica las condiciones de trabajo sin cumplir con los requisitos legales o contractuales, el trabajador puede impugnar la modificación ante el juez de trabajo.
Algunos ejemplos de modificaciones que pueden realizarse al amparo del ius variandi son:
Cambio de horario de trabajo.
Cambio de lugar de trabajo, siempre que no implique un perjuicio para el trabajador.
Cambio de funciones o prestaciones laborales, siempre que no impliquen un cambio en la categoría de trabajo.
Incremento de la remuneración, siempre que no sea superior a la establecida en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.
El ius variandi es un derecho importante para el empleador, ya que le permite adaptarse a las necesidades cambiantes de su empresa. Sin embargo, este derecho debe ejercerse de manera responsable, respetando los derechos del trabajador.